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Organización Mundial
del Comercio

WT/DS103/R WT/DS113/R /A
17 de mayo de 1999
(99-1924)
Original: inglés

Canadá - Medidas que Afectan a la Importación de Leche y a las Exportaciones de Productos Lácteos

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


4. Juntas provinciales de comercialización de la leche

2.16 En cada provincia hay una junta de comercialización de la leche. Las juntas provinciales actúan dentro del marco establecido por la legislación federal y provincial. La Ley de la CDC define las juntas de la siguiente forma10:

"Se entiende por "junta" un organismo establecido conforme a las leyes de una provincia con el fin de regular la producción para la comercialización, o la comercialización intraprovincial, de cualquier producto lácteo."

2.17 El Gobierno federal y los gobiernos provinciales han atribuido a las juntas provinciales de comercialización de la leche una competencia general en relación con la apertura y administración de los contingentes, la mancomunación de los ingresos obtenidos, la fijación de precios, el mantenimiento de los registros de productores y la presentación de informes, la inspección y la conclusión de acuerdos de cooperación con otras provincias y con la CDC.

2.18 Los integrantes de las juntas provinciales de comercialización de leche son en su totalidad o en su mayoría productores de productos lácteos.11

2.19 Los productores no pueden vender leche directamente, sin utilizar como intermediarios a las juntas provinciales de comercialización.

2.20 Se exige a los productores, salvo 15 productores de Ontario, contar con un determinado porcentaje mínimo de la leche comercializada en el mercado nacional o internacional.

5. El Plan Nacional de Comercialización de la Leche (NMMP)

2.21 La cooperación de las juntas provinciales de comercialización a nivel nacional se realiza dentro del Plan Nacional de Comercialización de la Leche (NMMP). El NMMP ha sido firmado por las juntas de nueve12 de las diez provincias, algunos representantes de gobiernos provinciales13 y la CDC.

2.22 En el texto del NMMP se declara lo siguiente:

"el plan es un acuerdo federal-provincial con respecto al establecimiento de un Plan Nacional de Comercialización de la Leche con objeto de regular el mercado de productos de leche y nata en función de las necesidades internas y de las necesidades adicionales de leche industrial del Canadá".14

2.23 El NMMP establece la estructura para calcular un objetivo anual de producción nacional de leche industrial, el Contingente de Distribución del Mercado (MSQ) nacional.

2.24 Complementan al NMMP:

a) el Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales ("Acuerdo P-9");

b) el Acuerdo General sobre el Fondo Común de la Leche de la Región Occidental ("Acuerdo P-4"); y

c) el Acuerdo sobre el Fondo Común de Todas las Clases de Leche ("Acuerdo P-6").

2.25 El Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales es un acuerdo concertado por las autoridades de nueve provincias y las juntas provinciales de productores signatarios del NMMP sobre la mancomunación de los ingresos obtenidos de las ventas de componentes de la leche del sector de las clases especiales destinados a cubrir las necesidades del mercado interior y exterior. En virtud del Acuerdo se adopta un Memorándum de Entendimiento sobre el Fondo Común de Clases Especiales de Leche (MOU) y una Adición a ese Memorándum de Entendimiento.15

2.26 En virtud de una modificación de la legislación federal (la Ley de la CDC) se atribuyeron a la CDC las facultades necesarias para establecer las clases especiales y administrar el plan de clases especiales de leche. La aplicación corresponde al Comité Canadiense de Regulación de la Oferta de Leche (CMSMC).

6. El CMSMC y el MSQ

2.27 Como se ha indicado antes, el Comité Canadiense de Regulación de la Oferta de Leche (CMSMC), establecido en el NMMP16, es el organismo encargado de supervisar la aplicación del Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales.17

2.28 El CMSMC está integrado por representantes de cada una de las juntas provinciales de comercialización y de los gobiernos provinciales correspondientes.18 Forman parte del Comité, sin derecho a voto, representantes de la Asociación de Productores Lecheros del Canadá (DSC), el Consejo Nacional de los Productos Lácteos ("NDC"), en representación de los elaboradores y exportadores de productos lácteos, y la Asociación de Consumidores del Canadá.

2.29 Sobre la base de las previsiones de producción y demanda elaboradas por la secretaría del CMSMC (economistas de la CDC, las juntas de productores, la DFC y el NDC), el CMSMC establece el nivel del MSQ, que es objeto de supervisión y de reajustes periódicos en función de las variaciones de la demanda. El CMSMC, de conformidad con las disposiciones del NMMP19, calcula la parte del MSQ que corresponde a cada provincia.20

2.30 Al establecer el MSQ, el CMSMC tiene en cuenta:

a) la demanda interna estimada de leche industrial en el año siguiente;

b) la cantidad estimada de grasas butíricas que entrará en el sistema de la leche industrial como excedente de la producción de leche líquida, es decir el "desnatado";

c) las importaciones previstas;

d) las existencias de productos lácteos; y

e) las exportaciones proyectadas.

2.31 Una vez que el CMSMC ha acordado un MSQ nacional, se procede a su distribución entre las provincias. Para esa distribución se utilizan esencialmente como base las cuotas históricas de mercado, con un cierto margen de flexibilidad para la realización de reajustes mediante las transferencias de contingentes en el marco de acuerdos regionales. Los niveles del MSQ establecidos han sido los siguientes desde 1995 (en millones de hectolitros):

Campaña 1995/96 1996/97 1997/98 1998/99
Nivel del MSQ 44.2 44.2 43.3 44.7

2.32 Posteriormente, la junta provincial de comercialización de la leche asigna un cupo a cada ganadero. En la mayoría de las provincias21 la junta efectúa una única asignación22 a cada productor, proporcionada a la cuota del mercado interno y de los mercados tradicionales de exportación de leche de ese productor. La parte del contingente provincial que corresponde a cada productor, o cupo del productor, viene determinada por los derechos contingentarios permanentes del productor de que se trate. Aunque la asignación inicial de cupos se ha efectuado en función de los niveles históricos de producción, esos derechos contingentarios son comercializables y, en muchos casos, han sido adquiridos mediante una transacción realizada en condiciones comerciales.

2.33 En general, las decisiones del CMSMC se adoptan por consenso. En caso de votación, cada provincia miembro del NMMP (un representante del gobierno provincial y un representante de la junta de comercialización de los productores) tiene un voto. En algunas votaciones basta la mayoría simple, en tanto que en otras sólo pueden adoptarse decisiones por unanimidad. La CDC puede adoptar una decisión cuando los miembros no se ponen de acuerdo en dos reuniones y la cuestión afecta a un aspecto no abarcado por el Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales. En relación con todas las cuestiones, incluidas las concernientes al comercio de exportación, abarcadas por este Acuerdo, se requiere la unanimidad.

B. El Plan de Clases Especiales de Leche del Canadá

1. Antecedentes

2.34 Hasta 1995, se utilizaron los ingresos obtenidos de los gravámenes pagados por los productores para financiar las pérdidas de la CDC en la exportación de excedentes de productos lácteos.

2.35 Tras la firma del Acuerdo sobre la OMC en abril de 1994, la CDC "orientó sus actividades al establecimiento de vías distintas de la utilización de los gravámenes al productor".23 En función de ese objetivo, se estableció un Comité de Planificación Estratégica del Sector de los Productos Lácteos, bajo la presidencia de la CDC, que desarrolla en apoyo del Comité actividades de investigación y lleva a cabo las labores de secretaría. En octubre de 1994, el Comité recomendó la aplicación de un "sistema de precios con una clasificación basada en el uso final de la leche, la mancomunación a nivel nacional de los ingresos obtenidos de su comercialización y mecanismos coordinados de distribución de la leche".24

2.36 Para determinar la forma de aplicar un plan de "clases especiales de leche" se estableció un Subcomité de Negociación del CMSMC, en el que estaban representadas todas las provincias. El Subcomité presentó en diciembre de 1994 sus recomendaciones al Ministro Federal y los Ministros provinciales de Agricultura, que convinieron en que "para que el sector de los productos lácteos pudiera hacer frente a las obligaciones internacionales del Canadá y a los cambios de la situación del mercado era necesario introducir urgentemente algún tipo de mancomunación de los ingresos obtenidos de la leche".25 Los Ministros convinieron además en que era necesario reformar la Ley de la CDC para que la Comisión pudiera administrar el sistema de permisos para las clases especiales de leche y los acuerdos nacionales de mancomunación. En junio de 1995 se aprobaron las modificaciones correspondientes.26

2.37 El plan de clases especiales de leche, que ha sustituido al sistema de financiación por los productores a través de gravámenes, eliminado en 1995, está incorporado a un Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales. Son signatarios de este Acuerdo, que entró en vigor el 1� de agosto de 1995, la CDC, las juntas provinciales de productores y las provincias que participan en el NMMP.

2. Las clases especiales

2.38 Las "clases especiales de leche" son las subclases de la leche de la clase 5 en el sistema nacional común de clasificación, conforme al cual la fijación de los precios de la leche se basa en el uso final al que la destinen los elaboradores. Las clases 1 a 4 abarcan los siguientes productos:

a) clase 1: leche líquida y nata destinadas al mercado nacional;

b) clase 2: leche industrial destinada al mercado nacional: helados, yogures y nata agria;

c) clase 3: leche industrial destinada al mercado nacional: quesos;

d) clase 4: leche industrial destinada al mercado nacional: mantequilla, leche condensada o evaporada, leche en polvo y otros productos.

2.39 El Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales define de la siguiente forma las clases especiales de leche de la clase 527:

a) clase 5 a): ingredientes del queso para su elaboración ulterior destinados al mercado nacional y de exportación;

b) clase 5 b): demás productos lácteos para su elaboración ulterior destinados al mercado nacional y de exportación;

c) clase 5 c): actividades del sector de la repostería en el mercado nacional y de exportación;

d) clase 5 d): exportaciones negociadas y específicas, entre ellas las de queso dentro de contingentes con destino a los mercados de los Estados Unidos y del Reino Unido, leche evaporada, leche entera en polvo y mercados tradicionales;

e) clase 5 e): eliminación de excedentes.

2.40 La clase 5 e), "eliminación de excedentes", abarca leche comprendida o no en el contingente. La parte no comprendida en el contingente de la clase 5 e) corresponde a la producción que excede del MSQ. La parte comprendida en el contingente de la clase 5 e) corresponde a la producción de leche que excede de las necesidades del mercado nacional y de las exportaciones proyectadas. Estos "excedentes" pueden deberse:

a) al "margen"28;

b) a excedentes estructurales de materias sólidas no grasas29 resultantes del establecimiento del MSQ a un nivel que cubre la demanda de grasas butíricas; o

c) a otros excedentes de leche comprendidas en el contingente.30

2.41 En el cuadro 2 se comparan las exportaciones totales del Canadá con el nivel de los compromisos relativos al volumen de las exportaciones asumidos por ese país en el marco de la OMC. El Canadá ha facilitado también datos sobre el volumen de las exportaciones correspondientes a las clases 5 d) y 5 e), pero ha solicitado que se mantenga el carácter reservado de esos datos debido a que las cifras correspondientes a algunas partidas permitirían la identificación de personas o empresas. De las cifras facilitadas se desprende que el volumen total de las exportaciones correspondientes a las clases 5 d) y 5 e) ha sobrepasado el nivel del compromiso contraído por el Canadá, en lo que respecta al volumen de las exportaciones en las tres campañas y en relación con todos los productos que figuran en el cuadro 2, con excepción de la leche en polvo desnatada (véase también el párrafo 7.115).

Cuadro 2

Producto Campaña Nivel del compromiso relativo al volumen de las exportaciones Exportaciones totales 31 Exportaciones totales correspondientes a las clases 5 d) y 5 e)32
Mantequilla 1995/1996
1996/1997
1997/1998
9,464
8,271
13,956
10,987
 
Queso 1995/1996
1996/1997
1997/1998
12,448
11,773
11,099
13,751
20,409
27,397
 
Leche desnatada en polvo 1995/1996
1996/1997
1997/1998
54,910
52,919
50,927
35,252
24,888
29,886
 
Demás productos de la leche 1995/1996
1996/1997
1997/1998
36,990
35,649
34,307
37,573
62,146
71,023
 

3. Leche comprendida y no comprendida en el contingente

2.42 El CMSMC establece anualmente un contingente nacional de producción (MSQ nacional) de leche industrial (párrafos 2.29 y 2.30). A cada provincia se asigna una cuota del MSQ que es distribuida posteriormente entre los productores por las juntas y organismos provinciales de comercialización de la leche correspondientes.

2.43 Cuando una provincia sobrepasa su cuota del MSQ, la leche que excede de la cuota del MSQ correspondiente a esa provincia se considera leche "no comprendida en el contingente" (pueden verse más detalles al respecto en el párrafo 2.57). Si una provincia no sobrepasa su cuota del MSQ, toda la leche de esa provincia se considera leche "comprendida en el contingente".

2.44 Antes de 1995, el porcentaje de ganaderos que producían más del 105 por ciento33 del cupo que se les había asignado era pequeño. En 1994-95, sólo estaban incluidos en ese grupo el 10 por ciento de los productores, proporción similar a los niveles registrados desde 1992. Un año después, con el nuevo sistema, el 25 por ciento de los ganaderos producía más del 105 por ciento de su cupo. En 1997-98, el 34 por ciento de los productores canadienses estaban produciendo más del 105 por ciento de su cupo.

2.45 En cada uno de los acuerdos regionales de fondo común se hace una estimación de las necesidades regionales de leche líquida, basada en el consumo de años anteriores. Dado que en el sistema se da la máxima prioridad al suministro de leche destinada a satisfacer la demanda de leche líquida, el sistema de elaboración de leche industrial actúa como un mecanismo amortiguador de los efectos de las posibles fluctuaciones de la demanda o la oferta de leche líquida. Por ejemplo, en caso de escasez de leche, se desvía al sistema de elaboración de leche líquida, para remediar esa escasez, leche que de no ser por esa escasez se habría destinado a un uso industrial.

2.46 La parte del mercado total de leche comprendida en el contingente que corresponde a cada provincia es la suma de su cuota del MSQ y del mercado de leche líquida dentro de su acuerdo regional de fondo común.

4. Precio de la leche para el elaborador

a) Otras clases (clases 1-4)

2.47 En las clases 1-4 los precios reflejan el rendimiento indicativo para las ventas en el mercado interno. Aunque, en cada provincia, las juntas provinciales de comercialización establecen independientemente esos precios, en los acuerdos regionales de fondo común las juntas han convenido en que no haya grandes diferencias de precios.

b) Clase 5 (clases especiales)

2.48 Los elaboradores/exportadores tienen que solicitar, para obtener productos lácteos de la clase 5, un permiso a la CDC, que han de presentar seguidamente a la junta provincial de comercialización u organismo de comercialización competentes, los cuales, una vez aceptada la recomendación que figura en él, facilitan la leche para la exportación.

2.49 La CDC concede dos tipos de permisos para la leche de la clase 5:

a) el primero, es un permiso anual, concedido al elaborador/exportador, que ampara las actividades comprendidas en las clases 5 a), 5 b) y 5 c);

b) el segundo es aplicable a las clases 5 d) y 5 e) y se concede al exportador para cada transacción.

2.50 Respecto de las clases 5 a) y 5 b), los precios se establecen mediante una fórmula negociada en el CMSMC y adoptada por él que vincula esos precios a los precios estadounidenses de la leche industrial. La CDC recopila los datos y realiza los cálculos necesarios para que el CMSMC pueda llevar a cabo su examen. El precio de la leche de la clase 5 c) es objeto de negociaciones entre el CMSMC y los fabricantes de artículos de repostería.

2.51 Los precios para las clases 5 d) y 5 e) se negocian con los elaboradores/exportadores y se establecen caso por caso. La CDC lleva a cabo las negociaciones de conformidad con los criterios acordados en el CMSMC.

Cuadro 3 - Precios medios de determinados componentes dela leche, por clases y productos, enero a junio de 1997

Precios de los componentes ($/kg) $/hl
Clase Producto GB Proteínas OMS Total
1a) Leche líquida 5.46 6.56 3.7 61.61
1b) Nata de mesa 5.43 5.22 3.58 56.62
2) Yogures y helados 5.43 4 3.89 54.37
3a) Quesos especiales 5.47 9.04 0.58 51.78
3b) Queso Cheddar 5.48 8.59 0.58 50.4
4a) Mantequilla, ingredientes 5.4 3.51 3.51 50.82
4b) Leche condensada 5.44 3.62 3.62 51.71
5a) Quesos especiales 2.99 7.01 0.57 36.37
5a) Queso Cheddar 3.05 7.01 0.57 36.55
5b) Leche líquida 3.08 2.92 2.92 37
5b) Nata 3.05 2.92 2.92 36.89
5b) Yogur 3.05 2.92 2.92 36.91
5b) Mantequilla, ingredientes 2.98 2.91 2.94 36.75
5c) Productos lácteos para repostería 2.64 2.59 2.59 32.51
5d) Leche 2.18 2.18 2.12 27.28
5d) Nata 2.46 2.46 2.46 30.69
5d) Yogur 2.57 2.57 2.57 32.06
5d) Quesos especiales 1.94 4.87 0.51 25.37
5d) Queso Cheddar 3.97 6.72 0.51 38.56
5d) Mantequilla 1.83 1.83 1.83 24.91
5e) Leche 2.15 2.15 2.15 26.87
5e) Nata 2.2 2.2 2.2 27.47
5e) Quesos especiales 1.5 4.54 0.51 22.75
5e) Queso Cheddar 1.86 4.92 0.51 25.23
5e) Mantequilla 1.28 1.28 1.28 15.98

Notas: GB = grasas butíricas, hl = 100 litros, OMS = otras materias sólidas

Un hectolitro de leche equivale aproximadamente a 3,6 kg de grasas butíricas, 3,2 kg de proteínas y 5,7 kg de otras materias sólidas.

Fuente: Estados Unidos, Prueba documental 22, An Inquiry Into the Importation of Dairy Product Blends Outside the Coverage of Canada's Tariff-Rate Quotas, Report of the Canadian International Trade Tribunal, June 1998 p. 13 (fuente citada en la Prueba documental 22 de los Estados Unidos: Canadian Dairy Commission).

Para continuar con Rendimientos de las exportaciones para los productores


10 Artículo 2 de la Ley de la CDC (definiciones).

11 En Ontario, Quebec y todas las demás provincias excepto Nueva Escocia, Alberta y Saskatchewan. En Nueva Escocia los miembros de la junta, de los cuales uno de cada cinco ha de ser un productor, son designados por el Gobierno provincial. En Alberta y Saskatchewan, los Gobiernos provinciales nombran también a los miembros de las juntas respectivas, pero los productores han tenido tradicionalmente una representación adecuada en ellas. Actualmente cada una de las juntas está compuesta por cinco miembros y hay en cada una de ellas dos productores, un representante de los consumidores y un representante de los elaboradores. En 1997 los porcentajes de la producción nacional correspondientes a Nueva Escocia, Alberta y Saskatchewan fueron el 1,91, el 4,77 y el 2,51 por ciento, respectivamente (Canadá, Prueba documental 3).

12 Terranova no es parte en el NMMP (sus productores destinan casi exclusivamente su producción al mercado local de leche líquida, y la provincia no ha participado tradicionalmente en el suministro de leche industrial objeto del NMMP).

13 En la Prueba documental 10 presentada por el Canadá hay una lista completa de los signatarios.

14 NMMP, A. (Introducción).

15 Acuerdo General sobre el Fondo Común de Clases Especiales, Introducción.

16 NMMP, artículo H.1.

17 MOU, anexo I, sección 1.

18 Terranova tiene la condición de observador en el CMSMC.

19 NMMP, artículo I, Distribución del Contingente.

20 1996/97 Annual Report of the Canadian Dairy Commission, páginas 7-8.

21 En Alberta, se asignan a los productores dos cupos, uno para leche líquida, en litros por día, y otro para leche industrial, en kilogramos de grasas butíricas por año.

22 Que suele estar expresada en kilogramos de grasa butírica por día.

23 1994/95 Annual Report of the Canadian Dairy Commission, página 4.

24 1994/95 Annual Report of the Canadian Dairy Commission, páginas 3-4.

25 Ibid.

26 Ibid.

27 Comprehensive Agreement on Special Class Pooling, Annex A.

28 Se trata de un margen de seguridad incluido en la estimación anual de las necesidades nacionales del Canadá con el fin de cubrir las variaciones imprevistas de la demanda interior en el curso de la campaña.

29 Estos excedentes estructurales, de leche desnatada en polvo, se han reducido en los últimos años a 17.800 toneladas aproximadamente.

30 Esos excedentes pueden producirse cuando hay un desequilibrio temporal entre la oferta y la demanda, como ocurre en el supuesto de que se disponga de leche en una provincia en cuyo mercado interno no se necesita inmediatamente. Puede considerarse también que ese caso constituye un supuesto de variación estacional de la demanda en el curso de la campaña.

31 Datos facilitados en respuesta a la pregunta del Grupo Especial: fuente de las "exportaciones totales": Estadísticas del Canadá.

32Los datos facilitados por el Canadá en respuesta a las preguntas del Grupo Especial sobre las exportaciones correspondientes a las clases d) y e), más extensos que los que se reproducen en el párrafo 7.114 infra, figuran en el expediente y están, en caso necesario, a disposición del Órgano de Apelación.

33 La referencia a ese porcentaje se basa en la hipótesis de que el 105 por ciento del cupo constituye un nivel que refleja una decisión deliberada de producir para el mercado extracontingentario, teniendo en cuenta que otros factores, como el clima y la variabilidad biológica en la producción de leche, pueden dar lugar a que los productores no agoten totalmente su cupo.