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Organización Mundial
del Comercio

WT/DS70/R
14 de abril de 1999
(99-1398)
Original: inglés

Canadá - Medidas que Afectan a la Exportación de Aeronaves Civiles

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


b) Argumentos del Canadá

6.121 El Canadá alega que CRJ Capital, Inc. ("CRJCI") no hace lo que el Brasil pretende, es decir, que la comunicación del Brasil se basa en un malentendido sobre las operaciones de la CRJCI. El Canadá añade que la alegación del Brasil pone también claramente de manifiesto las dificultades que pueden plantearse si no se respetan las disposiciones del párrafo 2 del artículo 6 del ESD al preparar una solicitud de establecimiento de un grupo especial (párrafos 4.38 a 4.58).

6.122 El Canadá afirma que entiende que el motivo que tenía el Brasil para solicitar el establecimiento de un grupo especial era que quería denunciar la participación de la EDC en el capital de CRJCI y que sólo cuando recibió la primera comunicación del Brasil el Canadá entendió que por "sociedades constituidas especialmente para facilitar la exportación de aeronaves civiles" el Brasil no entendía la CRJCI, sino unas "sociedades con fines especiales" que no han sido nunca traídas a colación en las conversaciones entre el Canadá y el Brasil.

6.123 Para el Canadá, la respuesta más directa a la reclamación del Brasil (y la respuesta que el Brasil hubiera recibido si se hubiera presentado al Canadá la reclamación en los dos años anteriores) es que ni la EDC ni la CRJCI han invertido en el capital social de las "sociedades con fines especiales" mencionadas por el Brasil.

6.124 El Canadá afirma que la CRJCI se creó gracias a una inversión conjunta de Exinvest, filial de la EDC en la que ésta tiene todo el capital, y Bombardier Inc. Cada uno de los accionistas posee el 50 por ciento de CRJCI. El Canadá señala que, hasta la fecha, además de la inversión de capital inicial, los dos accionistas han concedido préstamos con intereses, en igual proporción, a la CRJCI a tipos de interés comerciales. Según el Canadá, la CRJCI ofrece servicios de financiamiento de los CRJ mediante préstamos directos a tipos comerciales o mediante garantías de préstamos (por las que el prestatario paga honorarios). Para reducir el riesgo asumido por la EDC, la inversión de Bombardier está hecha en condiciones de primer perdedor, es decir, Bombardier asumirá primero las pérdidas que puedan producirse. El Canadá afirma que las únicas transacciones de financiamiento en las que ha participado CRJCI han sido la venta de 17 CRJ a Air Canada. El Canadá indica que estas transacciones son internas y que, por consiguiente, el financiamiento ofrecido no representa créditos a la exportación y que ésta es la única actividad que la CRJCI ha tenido hasta la fecha.

6.125 El Canadá afirma que ni la EDC ni la CRJCI han hecho ninguna inversión en sociedades para fines especiales y que la denuncia del Brasil por consiguiente carece de fundamento.

6.126 El Canadá sostiene que las alegaciones del Brasil con respecto a las "aportaciones de capital" de CRJ Capital a sociedades para fines especiales se basan únicamente en un artículo publicado en un boletín financiero sobre transportes (párrafo 6.104) que, en opinión del Canadá, es inexacto, ya que CRJ Capital no ha hecho tales aportaciones de capital. Para el Canadá, se trata de un claro ejemplo del por qué los informes de prensa que no están corroborados o no contienen de otro modo información con un título independiente de credibilidad y persuasión no bastan para servir de fundamento prima facie de un caso.260

6.127 El Grupo Especial pidió al Canadá que comentara algunas pruebas documentales presentadas por el Brasil en apoyo de la reclamación de que la EDC había hecho aportaciones de capital: el Mensaje del Director y Presidente de la EDC, de 19261, que indicaba, con respecto a Exinvest, que la EDC está capacitada para ofrecer apoyo a sus clientes con una combinación singular de instrumentos de deuda, aportaciones de capital y seguros, y establecía que la primera inversión de Exinvest se dirigió a Canadair RJ Capital, "sociedad participada al 50-50 por ciento con Bombardier y destinada expresamente a financiar la exportación de aviones regionales a reacción"; un artículo de periódico262 en el que se afirmaba que la EDC, al formar CRJ Capital, "está entrando en el negocio del "leasing" de aeronaves", que CRJ Capital "representa la primera incursión de la EDC en el financiamiento de participaciones de capital" y que "CRJ Capital comprará hasta el 30 por ciento de cada nuevo avión regional a reacción, se encargará de repartir el porcentaje restante entre prestamistas del sector privado y arrendará de nuevo en régimen de "leasing" la aeronave a las aerolíneas"; un artículo de periódico263 que contiene un diagrama, atribuido a la EDC, que muestra que RJ Capital Corp. aporta un 20 por ciento del capital de la sociedad para fines especiales que será propietaria de la aeronave y la arrendará de nuevo a la aerolínea en régimen de "leasing"; un artículo de periódico264 en que se indica que CRJ Capital es una "sociedad de "leasing" destinada a prestar apoyo a las ventas del Canadair RJ", y que "el mandato inicial de CRJC es apoyar las ventas de 75 aeronaves".

6.128 El Canadá respondió con respecto al Mensaje de 1995 de la EDC que ésta está facultada para hacer aportaciones de capital, pero que no se ha hecho uso de esta facultad para invertir en sociedades con fines especiales. Con respecto al primer artículo, el Canadá declara que es incorrecto y que: a) CRJ Capital no es una sociedad dedicada al "leasing" de aeronaves; b) CRJ Capital no es un vehículo de financiamiento de aportaciones de capital; y c) CRJ Capital no compra participaciones de capital en aeronaves. En cuanto al segundo artículo, el Canadá afirma que el diagrama es incorrecto. Con respecto al tercer artículo, el Canadá afirma que CRJ Capital no es una sociedad de "leasing" y que sólo ha participado en el financiamiento comercial de la venta de 17 CRJ a Air Canada. La respuesta del Canadá añade que ni el Gobierno del Canadá ni la EDC han hecho, a través de CRJ Capital o de cualquier otro medio, aportaciones de capital para la compra de aeronaves civiles producidas por el Canadá. El Canadá afirma también que ni Exinvest, cuyo capital pertenece al 100 por ciento a la EDC, ni CRJ Capital, en la que Exinvest tiene una participación del 50 por ciento, son sociedades con fines especiales. El Canadá sostiene que, en el sector de la aeronáutica civil, una sociedad con fines especiales se utiliza generalmente con el único propósito de ser propietaria de un único activo, y se utiliza sobre todo en arrendamientos financieros apalancados en los Estados Unidos y otros tipos de arrendamientos apalancados; a juicio del Canadá esto parece estar en contradicción con la definición de la SPC formulada por el Brasil.

6.129 El Canadá discute también, por incorrectas, las alegaciones del Brasil de que CRJ Capital actúa como sociedad de "leasing" de aeronaves, afirmando que CRJ Capital no ha comprado aeronaves y las ha arrendado luego a aerolíneas en régimen de "leasing". El Canadá presenta un certificado oficial de CRJCI265, y otro certificado oficial referente a la filial de la EDC, Exinvest, a ese efecto266, y observa que el certificado oficial de CRJ Capital establece también que CRJ Capital no ha hecho ninguna inversión en capital social de ese tipo, y que el certificado oficial de Exinvest también establece que Exinvest no ha hecho ninguna inversión en capital social en ninguna sociedad, aparte de su inversión en CRJ Capital.

6.130 El Canadá discrepa también de los argumentos del Brasil con respecto a CRAFT (Canadian Regional Aircraft Finance Transaction N� 1 Limited), que a su juicio carecen de fundamento. El Canadá hace referencia a la interpretación del Brasil, en el sentido de que "la EDC y el Gobierno de Quebec aportan capital social y son accionistas preferentes de CRAFT", interpretación que el Brasil parece atribuir a Standard & Poor's: "Standard & Poor's ha estimado que la suma de las participaciones de la EDC y el Gobierno de Quebec podría ser superior a 300 millones de dólares EE.UU." (párrafo 6.119). El Canadá alega que la fuente mencionada por el Brasil -el Standard & Poor's Presale Report relativo a CRAFT267 no hace ninguna referencia a la participación de la EDC o del Gobierno de Quebec, y que tampoco se hace ninguna referencia en las pruebas documentales BRA-71 ó 72. El Canadá sostiene que la cifra que figura en la Prueba documental BRA-73 contiene un recuadro prominente y en negrita, en el que se menciona a la EDC y al Gobierno de Quebec como accionistas preferentes en CRAFT, y que la fuente de esta información, según el recuadro, es Embraer. El Canadá mantiene que CRAFT es una empresa con fines especiales e independiente, que no tiene ningún vínculo con el Gobierno del Canadá ni con el Gobierno de Quebec. El Canadá presenta una carta del Director de CRAFT Ltd., que atestigua el hecho de que ni el Gobierno del Canadá ni el Gobierno de Quebec, ni ningún organismo del Gobierno del Canadá (en particular la EDC) ni ningún organismo del Gobierno de Quebec han participado en el financiamiento de CRAFT.268

c) Respuesta del Brasil

6.131 El Brasil impugna la negativa hecha por el Canadá de los hechos en que se basan sus actividades de financiación de capital. Si bien el Canadá alega que CRJ Capital no arrienda financieramente aeronaves, sino que ayuda a financiar las mismas, y que no se trata de una SPC, el Brasil sostiene que las declaraciones públicas formuladas por la propia EDC dicen lisa y llanamente que CRJ Capital es tanto una empresa de arrendamiento financiero como una SPC.

6.132 El Brasil menciona a este respecto un anuncio de la EDC sobre la creación de "Structured Finance, Inc.," posteriormente denominada "Exinvest," en el que se declara que Exinvest era el "vehículo por medio del cual se crearán varias compañías con fines especiales" o SPC, la primera de las cuales fue CRJ Capital.269 El Brasil indica que en ese anuncio se indica que CRJ Capital reciba aportaciones de capital de la EDC por conducto de Exinvest. El Brasil también menciona el Mensaje de 1995 del Presidente de la EDC270, en la que se declara que la primera inversión de Exinvest fue CRJ Capital, y también una cita de un anterior Presidente de la EDC271, en el sentido de que CRJ Capital sería el modelo para otras SPC. A juicio del Brasil, de esto se desprende obviamente que CRJ Capital es una SPC.

6.133 El Brasil hace referencia también a una cita de un Vicepresidente de la EDC 272 en la que se califica a CRJ Capital como empresa de arrendamiento financiero, y se afirma que se prevé que esta empresa se utilizará para arrendar financieramente o vender hasta 75 CRJ. El Brasil sostiene que en varias entrevistas273, funcionarios de la EDC, con inclusión de su Presidente, declararon que CRJ Capital compra una parte de una aeronave, reparte el porcentaje restante entre prestamistas del sector privado y arrienda financieramente la aeronave a una aerolínea.

6.134 El Brasil aduce que, por tanto, su forma de entender de hecho las actividades de la EDC de financiamiento a través de participaciones de capital deriva directamente de información publicada por la propia EDC y no se basa, como sostiene el Canadá, "únicamente en un artículo publicado en un boletín financiero sobre transporte." (párrafo 6.126). A juicio del Brasil, la negativa del Canadá de hechos que la EDC y sus funcionarios han sostenido repetida e insistentemente en público que eran ciertos no resulta creíble.

6.135 A juicio del Brasil, los argumentos del Canadá simplemente no dan respuesta a las alegaciones del Brasil. El Canadá sostiene, respondiendo a una pregunta del Grupo Especial, que la EDC, Exinvest y CRJ Capital no han hecho "aportaciones de capital para la compra de aeronaves civiles producidas por el Canadá". El Brasil no alega ni jamás ha alegado esto. La alegación del Brasil consiste, en cambio, en que la EDC, directa o indirectamente, ha realizado aportaciones de capital a CRJ Capital que han facilitado la posibilidad de que CRJ Capital arriende financieramente o venda aeronaves canadienses de transporte regional a precios reducidos.

6.136 El Brasil considera que carece de importancia el hecho de que CRJ Capital arriende financieramente o ayude a financiar aeronaves, así como el hecho de que CRJ Capital sea o no una SPC. A juicio del Brasil, la distinción no guarda relación con la cuestión de si la EDC, mediante sus inversiones directas o indirectas de capital en CRJ Capital, otorga un "beneficio". La cuestión es que las aportaciones de capital de la EDC, directas o indirectas, a CRJ Capital dan libertad a esta empresa para aceptar un arrendamiento financiero o un pago de préstamo inferior, de un arrendatario financiero o un comprador de una aeronave canadiense de transporte regional, de lo que hubiera podido aceptar en caso de no existir esa aportación de capital, o facilitar la posibilidad de que otra SPC hiciera lo mismo. CRJ Capital no ha sido creada con la finalidad de obtener beneficios durante la vigencia del arrendamiento financiero; por lo tanto, sólo la parte de la deuda del capital utilizado para financiar el arrendamiento financiero se debe atender durante este período. Según el Brasil, no se hace ningún pago a los inversores en el capital social. Por lo tanto, cuanto mayor sea el porcentaje del capital social en CRJ Capital, menor será el porcentaje de la deuda que se debe atender. En suma, el beneficio para las aerolíneas consiste en la reducción de los pagos por concepto de la deuda o de los arrendamientos financieros. En apoyo de su posición, el Brasil cita la declaración de un funcionario de Industria del Canadá, en el sentido de que el mecanismo de financiamiento de capital de la EDC cumple "el objetivo [...] de ofrecer un financiamiento barato a las aerolíneas con una calificación crediticia más baja", al permitir que las aerolíneas que tienen clasificaciones crediticias de doble B arrienden financieramente nuevas aeronaves con los tipos de interés que normalmente se ofrecen por riesgos crediticios doble A.

6.137 El Brasil sostiene que toda la información que ha presentado con relación a CRJ Capital se basa en declaraciones públicas de funcionarios de la EDC, no negadas ni cuestionadas, y en anuncios públicos emitidos por la propia EDC. Las declaraciones relativas a los beneficios del instrumento financiero de la EDC son "declaraciones contrarias a sus intereses"274 que no han sido respondidas, a las cuales, según el Brasil, el Grupo Especial debe conceder una "credibilidad superior". En opinión del Brasil, esas declaraciones ilustran la naturaleza y el grado del "beneficio" otorgado por las inversiones de capital de la EDC y demuestran por qué esos esfuerzos constituyen una subvención con arreglo al párrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo.

5. Garantías del valor residual

a) Argumentos del Brasil

6.138 El Brasil afirma que al final de un arrendamiento de aeronave en régimen de "leasing", la EDC ofrece también en ciertos casos una "garantía del valor residual", protegiendo así contra el riesgo de que el valor residual de la aeronave usada sea inferior a lo previsto, reduciendo esta garantía todavía más el costo del financiamiento.275 Según el Brasil, estas garantías generan un ahorro debido al menor riesgo de tener que absorber una pérdida al resultar menor de lo previsto el valor residual, ahorro que se puede trasladar a la aerolínea cliente bajo la forma de una reducción de los pagos que debe hacer por el "leasing", aumentando esencialmente el monto del financiamiento directo por encima del 85 por ciento.

6.139 El Brasil sostiene que, aunque si el valor residual fuera mayor, este hecho normalmente se traduciría en unos mayores beneficios para los inversores en el capital social de la SPC, ese beneficio no lo percibiría la EDC, ya que ésta asume desde el primer momento los costos que genera mantener un valor residual mayor. Según el Brasil, un valor residual inflado mejora los ingresos que percibe Bombardier por su inversión en el capital social de CRJ Capital, y la garantía del valor residual beneficia también a la aerolínea cliente, ya que la SPC se libera de la carga de absorber una pérdida en caso de que el valor residual resultara inferior a lo previsto y puede trasladar el ahorro que se produzca a esta aerolínea cliente bajo la forma de rebaja de los pagos que deberá hacer por el "leasing". Según el Brasil, las garantías del valor residual otorgan de este modo un claro beneficio según los términos del párrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo SMC.

6.140 En respuesta a preguntas del Grupo Especial sobre el alcance de la reclamación del Brasil con respecto a las garantías del valor residual, el Brasil afirma que su reclamación incluye la concesión por la EDC de garantías del valor residual per se, por ser de jure subvenciones a la exportación, y por consiguiente en todos los casos.

b) Argumentos del Canadá

6.141 Según el Canadá, las garantías del valor residual, que pueden adoptar la forma de una póliza de seguros, aseguran al arrendatario de que el equipo, si se devuelve en el lugar y en las condiciones exigidas por el contrato de "leasing" o la garantía, no valdrá menos de una suma determinada. El Canadá afirma que la única seguridad de quien garantiza el valor residual es el propio equipo y que su riesgo depende totalmente del valor del equipo, no del crédito de otra persona.276

6.142 El Canadá niega las alegaciones del Brasil sobre las garantías del valor residual, alegando que las "pruebas" del Brasil con respecto a las "garantías del valor residual" se basan en un artículo que se hace eco de una "sugerencia" de que una operación completada en 1992 "es posible" que llevara consigo una garantía del valor residual. La sugerencia de una posibilidad con respecto a una operación llevada a cabo antes de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC no equivale, en opinión del Canadá, a un caso prima facie. A juicio del Canadá, este es un ejemplo de informe de prensa no corroborado o que no contiene datos que tengan una base independiente de credibilidad y capacidad de convicción. El Canadá sostiene que ni la EDC ni el Gobierno del Canadá han establecido garantías del valor residual a través de CRJ Capital277 o de cualquier otro medio para apoyar al sector de la aeronáutica civil y presenta, en apoyo de sus argumentos, un certificado oficial de CRJCI278 y un certificado oficial de Exinvest, filial de la EDC, a ese efecto.279

c) Respuesta del Brasil

6.143 El Brasil aduce que, aunque el Canadá ha presentado "certificados oficiales" en los que se indica que CRJ Capital y Exinvest no han emitido una garantía de valor residual, ningún documento de ese tipo se ha presentado con respecto a la EDC. El Brasil menciona la Prueba documental CDN-54 para afirmar que el hecho de que el Canadá no negara las versiones publicadas por la prensa sobre la cuestión (párrafos 5.18 a 5.21), como, en opinión del Brasil, las declaraciones contenidas en un artículo que figura en la Prueba documental BRA-13, relativas a la concesión por la EDC de garantías de valor residual, constituye una razón válida para sacar la conclusión de que el hecho de que el Canadá no presentara un certificado similar correspondiente a la EDC equivale a una admisión de esa práctica.

6.144 El Brasil considera que las circunstancias del presente caso hacen más aplicable la regla mencionada. El Brasil sostiene que, cuando el Grupo Especial le preguntó con relación a sus declaraciones en el sentido de que "la EDC no utiliza las garantías de crédito como complemento de su actividad financiera", el Canadá se defendió declarando que no considera que las garantías de préstamos son un complemento de las otras actividades financieras de la EDC (párrafo 6.99). En opinión del Brasil, teniendo en cuenta la tendencia del Canadá a utilizar la semántica para dar a conocer algo menos que la verdad integral y completa acerca de las operaciones de la EDC, el Grupo Especial debería constatar que la omisión de presentar una declaración jurada con relación a la emisión por la EDC de garantías de valor residual constituye una admisión de esa práctica. El Brasil alega que, por consiguiente, mantiene su alegación de que la EDC ha emitido, en una o más ocasiones, garantías de valor residual.

Para Continuar con Cuenta del Canadá


260 Keith Highet (Prueba documental CDN-54).

261 Prueba documental BRA-7.

262 Prueba documental BRA-8 (también incluido en la Prueba documental BRA-17).

263 Prueba documental BRA-18.

264 Prueba documental BRA-20.

265 Véase Officer's Certificate, CRJCI, 3 de diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-94).

266 Officer's Certificate, Exinvest, 10 de diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-93).

267 Prueba documental BRA-70.

268 Carta de Timothy R. Myers, Director de Canadian Regional Aircraft Finance Transaction N� 1 Limited a Robert Greenhill, Bombardier Inc., de 10 de diciembre de 1998; carta de Charles Hyatt, Director de Greenwich NatWest Limited a Richard Sloan, Bombardier, de 10 diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-91).

269 Prueba documental BRA-17.

270 Prueba documental BRA-7.

271 Prueba documental BRA-8.

272 Prueba documental BRA-20.

273 Prueba documental BRA-8.

274 Prueba documental CDN-54.

275 "A Very Tactical Regional Response", Airfinance Journal, noviembre de 1994, páginas 18-20 (Prueba documental BRA-13).

276 Milbank, Tweed, Hadley y McCloy, Re Residual Value Guarantees, 17 de noviembre de 1998 (Prueba documental CDN-59); también, H. Ruda, Asset-Based Financing: A Transactional Guide, volumen 4 (Nueva York: Matthew Bender, 1998), páginas 38-20 y 38-21 (Prueba documental CDN-60).

277 Officer's Certificate, CRJCI, 3 de diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-58).

278 Officer's Certificate, CRJCI, 3 de diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-58).

279 Officer's Certificate, Exinvest, 10 de diciembre de 1998 (Prueba documental CDN-93).