III. Cuestiones planteadas en esta apelación
a) si el Grupo Especial no interpretó correctamente su mandato con respecto a la medida y el producto en cuestión;
b) si el Grupo Especial se excedió de su mandato al extender el alcance de su examen del artículo 5 del Acuerdo MSF e incluir el artículo 6 del mismo Acuerdo;
c) si el Grupo Especial incurrió en error de derecho al constatar que la medida en cuestión, en cuanto se aplica al salmón del Pacífico capturado en el océano, no se basa en una evaluación del riesgo, y que por consiguiente Australia ha actuado de forma incompatible con el párrafo 1 del artículo 5 y, por consecuencia, con el párrafo 2 del artículo 2 del Acuerdo MSF;
d) si el Grupo Especial incurrió en error de derecho al constatar que Australia ha actuado de forma incompatible con el párrafo 5 del artículo 5 y, por consecuencia, con el párrafo 3 del artículo 2 del Acuerdo MSF;
e) si el Grupo Especial incurrió en error de derecho al constatar que Australia ha actuado de forma incompatible con el párrafo 6 del artículo 5 del Acuerdo MSF; y
f) si el Grupo Especial ha asignado y aplicado correctamente la carga de la prueba, si ha hecho una evaluación objetiva del asunto, si incurrió en error de derecho al admitir o considerar determinadas pruebas, y si no acordó a Australia las debidas garantías de procedimiento al no acceder a su solicitud de presentar una tercera comunicación escrita.
a) si el Grupo Especial incurrió en error de derecho en su aplicación del principio de economía procesal y al no extender su examen de las reclamaciones presentadas por el Canadá al amparo de los párrafos 5 y 6 del artículo 5 del Acuerdo MSF a otro salmón canadiense; y
b) si el Grupo Especial incurrió en error de derecho al no constatar una violación del párrafo 3 del artículo 2, primera frase, independientemente de su constatación de que Australia ha actuado de forma incompatible con el párrafo 5 del artículo 5 del Acuerdo MSF.