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Organización Mundial
del Comercio

WT/DS121/R
25 de junio de 1999
(99-2217)
Original: Inglés

Argentina - Medidas de Salvaguardia Impuestas a las Importaciones de Calzado

Informe del Grupo Especial


El informe del Grupo Especial que se ocupó del asunto "Argentina - Medidas de salvaguardia impuestas a las importaciones de calzado" se distribuye a todos los Miembros de conformidad con lo dispuesto en el Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias (ESD). El informe es objeto de distribución general a partir del 25 de junio de 1999 de conformidad con los Procedimientos para la distribución y la supresión del carácter reservado de los documentos de la OMC (WT/L/160/Rev.1). Se recuerda a los Miembros que, de conformidad con el ESD, sólo las partes en la diferencia podrán recurrir en apelación contra el informe de un grupo especial. La apelación tendrá únicamente por objeto las cuestiones de derecho tratadas en el informe del grupo especial y las interpretaciones jurídicas formuladas por éste. No habrá comunicaciones ex parte con el grupo especial o el Órgano de Apelación en relación con asuntos sometidos a la consideración del grupo especial o del Órgano de Apelación.

Nota de la Secretaría: El presente informe del Grupo Especial será adoptado por el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su distribución, a menos que una parte en la diferencia decida recurrir en apelación o que el OSD decida por consenso no adoptar el informe. En caso de recurrirse en apelación contra el informe del Grupo Especial, éste no será considerado por el OSD a efectos de su adopción hasta después de haber concluido el proceso de apelación. Puede obtenerse información acerca de la situación actual del informe del Grupo Especial en la Secretaría de la OMC.


Índice

I. Introducción
II. Elementos de Hecho

III. Constataciones y Recomendaciones Solicitadaspor las Partes

IV. Cuestiones de Procedimiento y Solicitudes de Resoluciones Preliminares
A. Solicitudes de la Argentina en Relación con el Mandatodel Grupo Especial 1. Derechos de importación específicos mínimos (DIEM) a) Relación de las Comunidades Europeas sobre los "hechosy antecedentes del procedimiento" en la diferencia
b) Argumentación de la Argentina

c) Argumentación de las Comunidades Europeas
2. Resoluciones MEYOSP 512/98 y 1506/98 y Resolución 837/98del SICyM, y recomendaciones del Grupo Especial sobre"hipotéticas medidas futuras" a) Argumentación de la Argentina i) Resoluciones MEYOSP 512/98 y 1506/98
ii) Recomendaciones del Grupo Especial sobre "hipotéticas medidas futuras"
b) Argumentación de las Comunidades Europeas
B. Presentación de pruebas: prueba documental ARG-21
V. Principales Argumentos de las Partes Relativos a las Cuestiones Derivadas del Acuerdo sobre Salvaguardias y del GATT de 1994 A. Apartado A) del Párrafo 1 del Artículo XIX del GATT de 1994 - "Evolución Imprevista de las Circunstancias" 1. Argumentación de las Comunidades Europeas
2. Argumentación de la Argentina

3. Respuesta de las Comunidades Europeas

4. Replica de la Argentina
B. Interpretación y Aplicación del Párrafo 1 del Artículo 2 del Acuerdo sobre Salvaguardias - "Cuestión Mercosur" 1. Argumentación de las Comunidades Europeas
2. Argumentación de la Argentina
a) Introducción
b) El criterio apoyado por las Comunidades Europeas

c) Disposición aplicable: Sentido del texto
i) Aplicación a la reclamación de las Comunidades Europeas
ii) Interpretación literal del párrafo 1 del artículo 2 y lanota a pie de página 1

iii) Objeto y fin de la nota a pie de página

iv) Efecto útil de la nota a pie de página

v) Alcance de la obligación contenida en la nota a pie de página

vi) Significado de la frase "y la medida se limitará a éste" enla tercera oración de la nota a pie de página
3. Respuesta de las Comunidades Europeas
C. Medida de salvaguardia definitiva 1. Norma de examen a) Argumentación de las Comunidades Europeas
b) Argumentación de la Argentina
2. Párrafo 1 del artículo 2 del Acuerdo sobre Salvaguardias: Presuntoincumplimiento de demostrar que las importaciones "han aumentado"y supuesta omisión de analizar "las condiciones" en las que losproductos importados objeto de la investigación ingresaronal mercado de importación a) "Las importaciones de ese producto [...] han aumentado" i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
b) "En condiciones tales" i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
3. Párrafo 1 del artículo 2 y artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias- Presunta incapacidad de probar la existencia de un "daño grave"a la rama de producción nacional que produce productos similareso directamente competidores a) Período de investigación i) Argumento de las Comunidades Europeas
ii) Argumento de la Argentina
b) Segmentación de productos/del mercado i) Argumento de las Comunidades Europeas
ii) Argumento de la Argentina
c) Investigación; evaluación de "todos los factores pertinentes" i) Factores enunciados en el apartado a) del párrafo 2del artículo 4
ii) Factores adicionales analizados por la Argentina
d) Constatación de daño grave i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
e) Amenaza de "daño grave" i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
4. Párrafo 1 del artículo 2 y párrafo 2 b) del artículo 4 del Acuerdosobre Salvaguardias - Presunta falta de demostración de laexistencia de "relación de causalidad" entre el aumento delas importaciones y el daño grave o la amenaza de daño grave a) Relación de causalidad - Primera frase del párrafo 2 b) del artículo 4 i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina

iii) Respuesta de las Comunidades Europeas

iv) Réplica de la Argentina
b) Otros factores - Segunda frase del párrafo 2 b) del artículo 4 i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
5. El párrafo 1 del artículo 5 del Acuerdo sobre Salvaguardias -Supuesto incumplimiento de la obligación de demostrar quela medida de salvaguardia se aplicó sólo en la medida"necesaria" para prevenir o reparar el daño grave yfacilitar el "reajuste" a) Argumentación de las Comunidades Europeas i) "Necesaria"
ii) Plan de reajuste
b) Argumentación de la Argentina
6. Párrafos 1 y 2 del artículo 12 del Acuerdo sobre Salvaguardias- Presunto incumplimiento de los requisitos de procedimiento a) Suficiencia de las notificaciones relativas a la constatación dela existencia de daño grave y de una relación de causalidad i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
b) Omisión de la notificación de las Resoluciones 512/98,1506/98 y 837/98 i) Argumentación de las Comunidades Europeas
ii) Argumentación de la Argentina
D. Medida de salvaguardia provisional 1. Argumentación de las Comunidades Europeas
2. Argumentación de la Argentina
VI. Argumentos de Terceros A. El Brasil, el Paraguay y el Uruguay
B. Indonesia

C. Estados Unidos
1. Introducción
2. Norma de examen

3. Argumentos jurídicos
a) La medida de salvaguardia aplicada por la Argentina infringeel artículo 2 del Acuerdo sobre Salvaguardias
b) La medida de salvaguardia de la Argentina infringe elartículo 5 del Acuerdo sobre Salvaguardias

c) La presunta modificación introducida por la Argentina en sumedida de salvaguardia infringe el párrafo 4 del artículo 7del Acuerdo sobre Salvaguardias

d) Los requisitos del artículo XIX del GATT de 1994 se recogenen el Acuerdo sobre Salvaguardias
4. Conclusión
VII. Etapa Intermedia de Reexamen
VIII. Constataciones
A. Antecedentes fácticos
B. Alegaciones

C. Mandato del Grupo Especial y alcance de las medidas en litigio
1. Derechos específicos mínimos (DIEM)
2. Modificaciones subsiguientes de la medida de salvaguardia definitiva
D. La reclamación con arreglo al artículo XIX del GATT de 1994y "la evolución imprevista de las circunstancias"
E. Reclamaciones en virtud del Acuerdo sobre Salvaguardias
1. La imposición de medidas de salvaguardia en el caso deuna unión aduanera a) Artículo 2 y nota al párrafo 1 del artículo 2
b) Artículo XXIV del GATT
2. Antecedente de la investigación a) La rama de producción nacional
b) Los productos de calzado
3. Norma de examen a) No procede un examen de novo
b) Consideración de "todos los factores pertinentes"

c) Informe de la Argentina sobre el "análisis detallado delcaso" enunciando sus "constataciones y [...]conclusiones fundamentadas"
4. Alegaciones al amparo de los artículos 2 y 4 del Acuerdo sobreSalvaguardias con respecto a la investigación de la Argentinay a las constataciones de la existencia de daño grave,amenaza de daño grave y relación de causalidad a) Segmentos de productos
b) ¿Existe un "aumento" de las importaciones en el sentido delpárrafo 1 del artículo 2 y del párrafo 2 a) del artículo 4del Acuerdo?
i) Importaciones en términos absolutos
ii) Importaciones en relación con la producción nacional

iii) Evaluación por el Grupo Especial
c) Daño grave i) Producción
ii) Ventas

iii) Productividad

iv) Utilización de la capacidad

v) Ganancias y pérdidas

vi) Empleo

vii) Otros indicadores del daño que se han examinado

viii) Evaluación del Grupo Especial
d) Relación de causalidad i) Resumen de los argumentos de las partes
ii) Coincidencia de tendencias

iii) "En condiciones tales"

iv) Otros factores

v) Resumen de las alegaciones formuladas al amparo delos artículos 2 y 4
e) Amenaza de daño grave
5. Alegaciones con respecto a la aplicación de medidas desalvaguardia (artículo 5)
6. Alegaciones relativas a la medida de salvaguardiaprovisional (artículo 6)

7. Alegaciones relativas a las prescripciones en materia denotificación (artículo 12)
a) La notificación de "toda la información pertinente"
b) Notificación de modificaciones subsiguientes

c) Observación final
IX. Conclusiones

Para continuar con Introducción